El Directorio de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires (LOTBA) ha dictado varias Resoluciones el 20 de Febrero pasado que permiten completar el régimen jurídico y el proceso para la solicitud y obtención de permisos para ofrecer juegos de azar el línea en el ámbito de dicho territorio.
Las principales condiciones recogidas en estas Resoluciones están detalladas en el siguiente Informe relativo a las Resoluciones 15/20 (Convocatoria); y 11/20 (Registros):
Además de estas resoluciones, la Ciudad de Buenos Aires aprueba otras relativas a los Estándares de juego responsable, a la publicidad y régimen sancionador de los juegos en línea, así como las especificaciones técnicas de juego, trazabilidad y transparencia de los juegos en línea.
En la Resolución sobre las especificaciones técnicas (Art. 7º,) se determina que las Agencias de Juego en línea deberán establecer mecanismos tecnológicos a fin de asegurar que toda apuesta realizada a través de sus plataformas sea materializada en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires conforme dispone el Decreto 88/17. Esta materialización se conecta al hecho de que el apostador realice la puesta en el territorio de la Ciudad y de aquellas otras jurisdicciones con las que LOTBA haya firmado convenios; y se dará siempre que produzca efectos en dicha jurisdicción. Para ello la Agencia deberá implementar los recursos tecnológicos para comprobar que los apostadores tengan domicilio en la Comunidad Autónoma o que el dispositivo final se encuentre localizado en la misma.
Hay que recordar tambien que el régimen jurídico general está descrito en Las Leyes N° 538 y N° 5.785 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el Decreto Nº 88-GCABA/17, la
Resolución N° 487-LCABA-2018, y la Resolucion 80/2019 que aprueba la Reglamentacion y Política Integral y Juego Responsable. A continuación, enlace a las Resoluciones aprobadas el 20 de Febrero.