Con las prisas de última hora, y si nadie lo remedia, la Generalidad deberá pagar al Estado unos 40 Mill. € que hasta ahora no pagaba por el concepto de IVA. Esta es la conclusión a la que se llega después de comparar vel nuevo texto que se propone en el Proyecto de Ley de Regulación del Juego con respecto al artículo de la LIVA que establece las exenciones de este impuesto para los servicios de juegos y apuestas. En la Disposición Final Séptima 1 se sustituye el término “organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas” por “los correspondientes a la Comunidad Autónoma de Canarias” (Comunidad esta que, por cierto nunca “gestionó” juegos propios, aunque estuvo a punto de hacerlo hace algún tiempo). En definitiva una situación que, si no se rectifica a tiempo, acabaría con la práctica totalidad de los beneficios de la EAJA.
Carlos Lalanda.
Véase un análisis más pormenorizado de la cuestión: