Illes Balears. Ley 1/2017, de 12 de mayo, de cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de las Illes Balears

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La Ley 1/2017, de 12 de Mayo, de cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de las Illes Balears
. (B.O.I.B. núm. 61 de 18 de Mayo) establece en su Disposición Adicional Tercera el régimen de regularización de ciertas autorizaciones de instalación de máquinas recreativas, estableciendo un plazo temporal en 5 años para las autorizaciones de locales previstos para la explotación de máquinas de tipo “B”, y que hasta ahora carecían de plazo (Art. 2.2 del Decreto 19/2006, relativo a hoteles y hoteles-apartamento; restaurantes, bares y cafeterías; salas de fiestas, salas de bailes, discotecas y cafés concierto).
Los establecimientos señalados disponen de 1 año a partir de la entrada en vigor de la Ley para solicitarlo, emitiéndose de oficio nuevos boletines de instalación, declarándose en caso contrario la caducidad y extinción de los mismos.
Esta Ley entró en vigor el 19 de Mayo de 2017.

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